Tu programa de beneficios también incluye cupones y privilegios exclusivos en las principales ciudades de México, los establecimientos afiliados te esperan con descuentos del 10% al 40%
SERVICIO DE ORIENTACIÓN LEGAL TELEFÓNICA
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” las 24 horas todos los días del año, su plantilla de abogados, para que sean consultados vía telefónica respecto a cualquier problema jurídico en las materias abajo mencionadas.
b. Las materias disponibles para esta cobertura son:
1. Asesoría Legal en materia penal.
2. Asesoría Legal en materia civil y familiar.
3. Asesoría Legal en materia mercantil.
c. “EL BENEFICIARIO” deberá relatar al abogado los hechos que originan la duda legal. En caso de ser necesario el abogado podrá recibir vía correo electrónico escáner o fotografías de documentos oficiales, para que el profesionista pueda estudiarlos y tener mayores elementos para emitir una mejor opinión legal.
d. Los abogados de “EL PRESTADOR” estarán disponibles las veces que sea necesario para consultas telefónicas subsecuentes derivadas del mismo asunto u otros.
e. En caso de urgencia legal y previa autorización de “EL BENEFICIARIO” el abogado podrá remitirlo con un profesionista de la red en su ciudad, para tener una asesoría de forma presencial sin costo. En caso de que el usuario esté interesado en contratar al abogado referido “EL PRESTADOR” gestionará una tarifa preferencial respecto de los honorarios del abogado, vigilará la prestación del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo y eficiencia.
f. Esta cobertura no tiene costo o límite de eventos.
CLUB DE DESCUENTOS ELECTRÓNICOS Y CUPONES DIGITALES
a. Por medio de una página web “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” diversos servicios en los comercios que tiene afiliados a su plan de descuentos electrónicos y cupones digitales.
b. “EL BENEFICIARIO” podrá conocer los descuentos electrónicos y cupones de los servicios, así como detalles y restricciones de las promociones, en la página web “DEL PRESTADOR”, asimismo se obliga a seguir el procedimiento para hacer efectiva la promoción o descuento y atender las restricciones de la oferta o beneficio.
c. “EL BENEFICIARIO” se da por enterado y acepta, que todos los meses se realizan bajas y altas de descuentos y cupones. “EL BENEFICIARIO” con cada comercio deberá seguir las indicaciones de registro, compra, carga digital o impresión del cupón.
d. Cuando un comercio y promoción esté vigente, “EL BENEFICIARIO” contará con la garantía de satisfacción, en el caso de que un establecimiento no brinde el descuento a “EL BENEFICIARIO”, “EL PRESTADOR” se compromete a otorgar una cortesía por el valor igual o superior al descuento no otorgado en un plazo máximo de 7 días.
Para hacer efectiva la garantía anterior, es necesario que “EL BENEFICIARIO” proporcione la información completa del descuento o cupón rechazado enviando al email [email protected]: copia escaneada del ticket de compra, fotografía o captura del cupón no aplicado, negocio, sucursal, hora aproximada, así como razón por la cual no se le hizo el descuento.
e. Este servicio es ilimitado durante la vigencia de la membresía de “EL BENEFICIARIO”.
ASISTENCIA VISIÓN
a. “EL PRESTADOR” brindará dentro de las principales ciudades de la República Mexicana a “EL BENEFICIARIO” la asistencia óptica por medio de su red de profesionales y técnicos especializados en visión, previa solicitud a su “CA”.
b. Los horarios de consulta son de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 y sábados de 9:00 a 13:00 , según disponibilidad de citas de cada óptica.
c. “EL BENEFICIARIO” deberá mencionar el número de control, y presentar su identificación y su tarjeta de beneficios o certificado digital en el establecimiento perteneciente a la red de ópticas afiliadas de “EL PRESTADOR” para que le apliquen los costos preferenciales y beneficios “EL PRESTADOR” ofrece a “EL BENEFICIARIO” un examen de la vista gratuito y acceso al Plan Gama plus con precios preferenciales en la compra de armazones con micas graduadas.
– Plan Gama Plus consiste en: armazón, micas graduadas terminadas, estuche por $799.00.
– Se entiende como Micas Blancas CR-39 Visión Sencilla (Terminadas) las micas prefabricadas terminadas al 100%, con graduación completa, las cuales abarcan las siguientes dioptrías ESPH +/- 4 CON CYL -2.
– Se entiende como Micas Bifocales Flap Top (Terminadas) las micas prefabricadas terminadas al 100%, con graduación completa, las cuales abarcan las siguientes dioptrías ESPH +/- 3 CON ADD + 3.
d. La red de ópticas con las que cuenta “EL PRESTADOR” proporcionará los siguientes servicios a “EL BENEFICIARIO”:
1. Examen de la vista de gabinete, sin costo.
2. Presupuesto de lentes, sin costo.
3. Armazones oftálmicos graduados.
4. Precios preferenciales en productos no cubiertos.
5. 20% de descuento en micas con tratamiento y otras líneas de armazón.
6. Reposiciones (las que sean necesarias) pagando el precio del paquete.
e. El servicio de asistencia visión no tiene un límite de eventos para “EL BENEFICIARIO”.
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA VISIÓN
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia visión, cuando:
ASISTENCIA AMBULANCIA
a. “EL PRESTADOR” brindará a “EL BENEFICIARIO” las 24 horas los 365 días del año, dentro del territorio nacional, el servicio de traslado médico terrestre (ambulancia), cuando “EL BENEFICIARIO” sufra una emergencia médica ya sea por una alteración súbita de su salud que ponga en peligro su vida o porque sufra una lesión por accidente.
b. El traslado médico se realizará al hospital más cercano o idóneo para la atención del paciente dentro de la misma ciudad. En todo momento «EL PRESTADOR» velará por la integridad de “EL BENEFICIARIO”, y no condicionará el envío de la ambulancia a ninguna consideración o valoración médica.
c. Cuando el paciente sea trasladado a un hospital público, la familia de éste se obliga a realizar todos los trámites administrativos que correspondan para que el paciente sea aceptado en el nosocomio.
d. Cuando por cualquier circunstancia el paciente no sea recibido en el nosocomio inicialmente solicitado, se generará un segundo servicio a otro hospital con cargo a su membresía de beneficios.
e. Si el hospital en donde deben recibir al paciente requiere que espere la ambulancia, después de los 15 minutos, es decir a partir del minuto 16 se generará un costo por tiempo de espera a cargo de el usuario, la tarifa aplicable se le hará saber en el momento y deberá ser liquidada directamente al paramédico de la ambulancia.
f. Este servicio tiene un límite de cobertura de traslado de $1,500.00 (un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) o al hospital más cercano por servicio y está limitado a 2 eventos de ambulancia por año de vigencia.
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA AMBULANCIA.
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia ambulancia, cuando:
SERVICIO DE ASISTENCIA ESCOLAR
a. “EL PRESTADOR” por medio de su personal docente y en un horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. brindará orientación escolar telefónica a nivel primaria, secundaria y preparatoria.
b. El objeto de esta asistencia es dar apoyo en la resolución de tareas, estas consultas no tienen límite de tiempo. En el caso de que por la complejidad de la pregunta no sea posible responderla en el momento, se dará la respuesta vía correo electrónico o por teléfono al solicitante en un tiempo no mayor a 60 minutos.
c. Esta asistencia educativa, aplica para las materias escolares incluidas en los programas de primaria al bachillerato, con excepción de las clases de otros idiomas diferentes al español, computación y música.
d. “EL BENEFICIARIO” podrá también solicitar al “CA” información o referencias acerca de profesores particulares para clases a domicilio, con el objeto de brindarle regularización académica, apoyo escolar continuo o preparación de exámenes al estudiante. El costo de los servicios de profesores particulares estará a cargo del solicitante.
e. Servicio de asistencia educativa no tiene costo ni límite.
f. El de eventos
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA ESCOLAR
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia escolar, cuando:
ASISTENCIA TANATOLÓGICA
a. “EL PRESTADOR” por medio de su personal especializado y en un horario de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., proporcionará telefónicamente o por videollamada a los “DEUDOS” la orientación tanatológica necesaria sobre:
1.-Ayuda en duelo y pérdidas emocionales por el deceso de un ser querido.
2.-Prevención y ayuda de trastornos psicológicos, como depresión, ansiedad, estrés, adicciones, etc.
3.- Referencia de centros de ayuda psicológica estatales o particulares.
4.- Apoyo a nivel familiar, en situaciones de tipo emocional con el fin de obtener la ayuda apropiada de acuerdo a su caso.
b. El Servicio de asistencia tanatológica no tiene costo, ni límite de eventos.
SERVICIO DE ASISTENCIA FUNERARIA
a. EL PRESTADOR”, proporcionará por medio de su red de casas funerarias, las 24 horas todos los días del año dentro del territorio de la República Mexicana el servicio funerario estándar, haciéndose cargo del costo del mismo.
b. Quien solicite el servicio deberá nombrar a una persona que funja como “DEUDO RESPONSABLE”, esta persona designada como responsable deberá comunicar al personal del “CA” todas las decisiones de los deudos relacionadas con el servicio funerario, asimismo se le hará saber las opciones de funerarias disponibles en el lugar donde solicite el servicio o el prestador del servicio más cercano.
c. Para poder verificar la procedencia del servicio el “DEUDO RESPONSABLE” se obliga a enviar al email o WhatsApp que le sea indicado, en formato de fotografía o PDF la siguiente documentación del fallecido: acta de nacimiento, pasaporte o credencial del INE, comprobante de domicilio, certificado de defunción, en su caso acta de matrimonio y/o cualquier otro documento idóneo.
d. En el primer año de contratación de esta asistencia, aplica un periodo de espera de 90 días a partir del inicio de la vigencia del servicio, para los decesos causados por una enfermedad terminal, sospechoso COVID o confirmados COVID y cualquier otro tipo de enfermedad o padecimiento derivado de una pandemia.
e. No aplica este periodo de espera en caso de fallecimiento por accidente o enfermedad no terminal.
f. Se considera enfermedad terminal para efectos de esta cobertura, aquella que está lo suficientemente avanzada o en fase de evolución irreversible y que ya no responde a ningún tratamiento para frenarla o curarla, considerándose así, a las siguientes enfermedades: cualquier tipo de cáncer, lupus eritematoso sistémico, distrofia muscular, SIDA (VIH), esclerosis múltiple, hepatitis B o alguna otra hepatopatía grave, EPOC grave, enfermedades crónicas degenerativas en un estadio avanzado o cualquier otra que así se considere médicamente y que se verifique en el certificado de defunción.
g. “EL PRESTADOR” organizará y cubrirá los siguientes servicios funerarios para “EL BENEFICIARIO” cuya edad al momento del deceso sea máximo de 69 años cumplidos:
1. Recolección del cuerpo en: hospital, domicilio o servicio forense.
2. Gestión legal ante la autoridad competente en caso de deceso violento.
3. Traslado del cuerpo a la sala de velación que se designe.
4. Arreglo estético del cuerpo, limpieza, vestido y maquillaje facial no reconstructivo.
5. Ataúd estándar o básico, del material que se encuentre disponible, ya sea metálico o de material tipo madera.
6. Uso de sala de velación por 24 horas o préstamo del equipo para velación en domicilio. (Mesa pedestal, (4) candeleros o torcheros y Cristo) hasta por 24 horas.
7. Traslado del cuerpo al cementerio en la zona urbana donde ocurrió el deceso.
8. En caso de cremación, el servicio incluye la renta del ataúd para la velación, traslado del cuerpo al crematorio, cremación y urna de madera estándar.
9. Traslado del ataúd hasta 50 kilómetros a la redonda desde el lugar en donde se presentó el deceso para su velación y/o inhumación.
h. En caso de que la velación y/o inhumación se realice en una localidad más alejada de los 50 kilómetros el “DEUDO RESPONSABLE” se obliga a pagar el kilometraje excedente a una tarifa preferencial.
i. Si por la distancia del lugar de inhumación, el transporte terrestre no fuera el idóneo, “EL PRESTADOR” se obliga a coordinar el transporte aéreo a cargo del “DEUDO RESPONSABLE”, siempre y cuando exista disponibilidad y/o vuelos por parte de las terminales y líneas aéreas. El costo del traslado aéreo deberá ser cubierto por el “DEUDO RESPONSABLE”.
j. Este servicio de asistencia funeraria tiene un límite de 1 evento y el tipo de servicio funerario que se brindará es tipo estándar.
EXCLUSIONES PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA FUNERARIA
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia funeraria, cuando:
SERVICIO DE ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA O POR VIDEOLLAMADA
a. “EL PRESTADOR” por medio de su personal especializado en nutrición y en un horario de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. de lunes a viernes y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., proporcionará a “EL BENEFICIARIO” la asesoría necesaria sobre problemas o dudas que tenga y estén relacionados con hábitos alimenticios; este servicio será brindado a “EL BENEFICIARIO dependiendo sus requerimientos o medios por videoconsulta o de manera telefónica.
b. Antes de comunicarse al “CA”, “EL BENEFICIARIO” deberá asegurarse de contar a la mano con una cinta métrica y una báscula analógica o digital, a efecto de que pueda dar a la nutrióloga la información de apertura de su expediente.
c. La nutrióloga podrá brindar información sobre:
1. Cálculo del peso ideal y del índice de masa corporal.
2. Diseño de dietas.
3. Orientación telefónica respecto a suplementos, desórdenes alimenticios y referencias con especialistas.
4. Información sobre eventos de nutrición y alimentación sana.
5. Consejos sobre nutrición (técnicas o métodos para llevar una sana alimentación).
6. Asesoría, recomendaciones para prevención y manejo de factores de riesgo para personas que padecen colitis, gastritis, diabetes, triglicéridos, colesterol alto, sobrepeso, sedentarismo etc.
7. Orientación de dieta balanceada.
8. Orientación para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
d. Este servicio no tiene costo, ni límite de eventos e incluye plan alimenticio personalizado.
EXCLUSIONES PARA LA ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran esta asistencia, cuando:
ASISTENCIA MÉDICA GENERAL A DOMICILIO
a. “EL PRESTADOR” las 24 horas todos los días del año, pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO”, en las principales ciudades del territorio nacional, su servicio de consulta médica a domicilio para pacientes que por alguna razón no puedan trasladarse a consultorio. El mismo deberá ser solicitado al “CA”, cuyo personal coordinará el envío de un médico general certificado.
b. El médico valorará al paciente o “EL BENEFICIARIO” y en caso necesario le extenderá la receta médica correspondiente. Este servicio tendrá un costo preferencial de $200.00 MXN 00 (doscientos pesos 00/100 M. N.), el cual estará a cargo de “EL BENEFICIARIO” por cada consulta médica que solicite.
c. El tiempo estimado de arribo del médico es de 90 minutos, pero este puede variar, dependiendo de la zona en la que se encuentre el domicilio de “EL BENEFICIARIO” y de las circunstancias del traslado. “EL PRESTADOR” proporcionará la mejor opción y dará solución para salvaguardar la salud de “EL BENEFICIARIO”.
d. «EL BENEFICIARIO» podrá solicitar este beneficio para recibir una consulta médica en su domicilio, en su lugar de trabajo, o en un hotel, siempre y cuando esta ubicación disponga de la infraestructura necesaria y se encuentre dentro de los límites de la ciudad.
e. Este servicio tiene un costo preferencial de $200.00 (doscientos pesos 00/100 M. N.) y 2 eventos en el año por membresía, “EL PRESTADOR” se hará cargo del servicio hasta un costo de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 M.N.) por cada consulta médica. En caso de qué se trate de un paciente sospechoso o confirmado de COVID o cualquier otro tipo de enfermedad derivado de una pandemia se le informará a “EL BENEFICIARIO” el costo excedente del cual deberá hacerse cargo.
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA MÉDICA GENERAL A DOMICILIO
“EL PRESTADOR”, quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia médica a domicilio, cuando:
AUXILIO VIAL POR CONEXIÓN
a. Las 24 horas todos los días del año, en la República Mexicana “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” su red de proveedores asociados de auxilio vial, para que ayuden a “EL BENEFICIARIO” cuando su automóvil sufra una avería y este no pueda continuar su marcha.
1-. AUXILIO VIAL POR CONEXIÓN
1.1“EL PRESTADOR” enviará un técnico especializado a “EL BENEFICIARIO” dentro del territorio de la República Mexicana cuando su vehículo requiera alguno de los siguientes servicios de auxilio vial:
– Paso de corriente.
– Envío de gasolina de hasta 10 litros, con cargo a “EL BENEFICIARIO”.
– Cambio de llanta.
b. Para los servicios antes descritos (auxilio vial) “EL PRESTADOR” recibirá la llamada de “EL BENEFICIARIO”, organizará la prestación del servicio y buscará el costo más económico aprovechando el esquema de economía de escala que tiene con su red de proveedores, el servicio deberá ser liquidado por “EL BENEFICIARIO” una vez que llegue el proveedor.
c. “EL PRESTADOR” vigilará el desarrollo del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo y eficiencia.
d. En caso de que por cualquier razón “EL BENEFICIARIO” ya no requiera el servicio, este se obliga a la brevedad, a cancelarlo telefónicamente. Si este no lo hiciere perderá el derecho a la prestación de este servicio para casos futuros.
e. El servicio de auxilio vial es por conexión con costo preferencial a cargo de “EL BENEFICIARIO” y no tiene límite de eventos.
EXCLUSIONES DEL AUXILIO VIAL POR CONEXIÓN
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran el auxilio vial, cuando:
ASISTENCIA LEGAL POR ROBO
a. Las 24 horas todos los días del año “EL PRESTADOR» podrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” su cuerpo de abogados para que acudan a asesorar a este, cuando haya sufrido un robo ya sea en su domicilio, de su auto o como transeúnte.
b. El profesionista conocerá de los hechos, de las circunstancias y principalmente del interés o pretensión de “EL BENEFICIARIO”, para que conforme a lo anterior el profesionista formule una estrategia legal adecuada al objetivo señalado por el usuario. El abogado también coadyuvará en todos los trámites legales a realizar para denunciar el delito de robo, asimismo gestionará la obtención de copias simples o certificadas para los fines que convengan al interesado.
c. En caso de que exista detenido o probable responsable por el robo, «EL PRESTADOR» se obliga por medio de su abogado a orientar de forma práctica y jurídica a “EL BENEFICIARIO” respecto al proceso legal que se genera a raíz de los hechos que afectaron su patrimonio, siempre atendiendo a lo que demande este.
d. Esta asistencia concluye con la obtención de copias simples o certificadas a cargo de “EL BENEFICIARIO”, una vez iniciada la denuncia legal procedente.
e. El servicio de asistencia legal por robo, no tiene costo ni límite de eventos para “EL BENEFICIARIO”.
ASISTENCIA LEGAL SUCESORIA Y DE PENSIONES
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de la familia “DEL BENEFICIARIO” en un horario de 9:00 a 17:00 horas de lunes a sábado, su plantilla de abogados, para que sean consultados vía telefónica respecto a dudas o problemas jurídicos relacionados con el deceso de “EL BENEFICIARIO”, en las siguientes materias:
1.- Asesoría Legal en Materia Civil y Familiar.
2.- Asesoría Legal en Materia Mercantil.
3.- Asesoría Legal en Materia Laboral.
b. El “BENEFICIARIO” deberá relatar al abogado los hechos que originan la incertidumbre legal. En caso de ser necesario el abogado podrá recibir en formato PDF o de fotografía vía correo electrónico, documentos diversos u oficiales, para que el profesionista pueda estudiarlos y tener mayores elementos para emitir opinión profesional o asesoría legal.
c. Los abogados de “EL PRESTADOR” estarán disponibles las veces que sea necesario para consultas telefónicas subsecuentes derivadas del mismo asunto.
d. En caso de urgencia legal y previa autorización del “BENEFICIARIO” el abogado podrá remitirlo con un profesionista de la red en su ciudad, para tener una asesoría de forma presencial sin costo. En caso de que el usuario esté interesado en contratar al abogado referido “EL PRESTADOR” gestionará una tarifa preferencial respecto de los honorarios del abogado, vigilará la prestación del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo, técnica jurídica y eficiencia.
e. El servicio de orientación legal telefónica no tiene costo, ni límite eventos durante la vigencia anual del servicio.
ASISTENCIA LEGAL FUNERARIA
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “DEUDO RESPONSABLE” las 24 horas todos los días del año, su red de abogados, para que coadyuven en los trámites legales que se requieran ante el Ministerio Público cuando el fallecimiento se haya originado por una situación violenta
b. En todo momento el abogado velará por aligerar la pena a él “DEUDO RESPONSABLE” y sus familiares gestionando de una manera pronta y expedita los trámites legales que se deriven de la carpeta de investigación y por lo tanto, la entrega del cuerpo del fallecido a sus familiares para su velación y servicio funerario.
c. El servicio de orientación legal funeraria no tiene costo, esta asistencia termina cuando el abogado obtiene la entrega del cuerpo del fallecido a su familia, para su velación.
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